En el Boletín Oficial de hoy se publicó la modificación a legislación que incorpora la violencia política entre los tipos de violencia de género tomados por la Ley de Protección Integral a las Mujeres, Ley 26.485. En el inciso propuesto por la ley, la violencia política quedaría caracterizada de la siguiente manera: “la que se dirige a menoscabar, anular, impedir, obstaculizar o restringir la participación política de la mujer, vulnerando el derecho a una vida política libre de violencia y/o el derecho a participar en los asuntos públicos y políticos en condiciones de igualdad con los varones”.


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